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TEPJF revoca cancelación de candidatura a Raúl Morón, ordena al INE nueva sanción

Con cuatro votos a favor y 3 en contra, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPFJE) revocó la sanción que impuso el Instituto Nacional Electoral (INE) al cancelar el registro de Raúl Morón Orozco como candidato de la coalición “Juntos Haremos Historia”, a la gubernatura de Michoacán, y le ordenó emitir una nueva resolución en un plazo de 48 horas, a partir de ser notificado.

Tras poco más de 2 horas, en los que se discutió en el mismo punto la controversia en el caso del candidato de Morena a la gubernatura de Guerrero, Félix Salgado Macedonio, el órgano jurisdiccional revocó la parte controvertida por Morena y el propio Morón Orozco.

El pleno del Tribunal, acordó “revocar parcialmente el acuerdo impugnado” ya que el supuesto que establece como sanción la pérdida del registro “no puede ser aplicado en todos los casos de forma categórica como señala la literalidad de la norma, es necesaria analizar las normas objetivas y subjetivas de la falta de cada precandidato”.

En consecuencia, se establece que “la autoridad administrativa deberá emitir una nueva resolución en un plazo de 48 horas siguientes de la notificación de la sentencia, en la que pondere las circunstancias concretas de cada caso, para que señale las sanciones de acuerdo a las faltas cometidas por cada candidato”.  

De acuerdo a la sentencia de  la magistrada ponente Mónica Araceli Soto Fregoso, el partido argumentó que no existía obligación de presentar informe de ingresos y egresos de precampaña, ya que Morón Orozco no fue registrado como precandidato.

De acuerdo a la sentencia, los argumentos del partido son infundados, ya que al margen del nombre que se le ponga “se entiende por precampaña electoral, el conjunto de actos que realizan los partidos políticos, sus militantes, así como las y los precandidatos a candidaturas de cargos de elección popular, debidamente registrados por cada partido”.

Sin embargo, también precisa que no puede castigarse al candidato con la pérdida del registro, ya que es la sanción impuesta cuando no se presenta informe de gastos y en el caso de Morón Orozco, lo presentó de manera extemporánea.

Pese a que el mismo partido informó el paso 5 de diciembre del 2020 que 28 hombres y mujeres acudieron a la sede nacional del Partido a registrarse como aspirantes al Solio de Ocampo, y luego se sometió a cinco de ellos, a una encuesta, en el documento presentado ante el Tribunal señaló que “el único aspirante admitido fue Raúl Morón”

“En Morena no hubo competencia entre precandidaturas a la gubernatura de Michoacán, porque Raúl Morón fue el único aspirante admitido, razón por la cual no hubo actos de precampaña y, por ende, no tenían obligación de presentar informes de precampaña”.

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