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SCJN invalidó artículos de la Ley Orgánica Municipal, por no consultar a las comunidades indígenas

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió una controversia constitucional, promovida por el municipio de Tangamandapio, Michoacán, en contra de diversos artículos de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán, publicada el 30 de marzo de 2021.

En un comunicado, se informó que una mayoría de Ministras y Ministros del Tribunal Pleno estimó que los artículos impugnados de la ley orgánica citada son inconstitucionales por afectar los derechos e intereses de los pueblos y comunidades indígenas de la entidad sin que se haya llevado a cabo una consulta previa, de conformidad con los artículos 2º de la Constitución General y 6 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales.

Precisó que por estos motivos, declaró su invalidez.

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