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Propone Brissa Arroyo que se castigue con más rigor los delitos que deriven por sumisión química

Morelia, Michoacán.- La diputada local Brissa Arroyo, propuso robustecer el marco legal estatal para que se amplíen y se castiguen con más rigor los delitos derivados de la sumisión química.

“Como legisladores tenemos el deber de actualizar nuestro marco jurídico para responder a nuevas formas de criminalidad, garantizando una protección integral a la ciudadanía, particularmente a los grupos en situación de mayor vulnerabilidad”, expresó Arroyo Martínez.

La Congresista y Coordinadora del Grupo Parlamentario del PRD (GPPRD) en la 76 Legislatura, explicó que el cerebro humano es particularmente vulnerable frente al uso de drogas o sustancias químicas que alteran su funcionamiento.

Sus mecanismos de defensa, -abundó-, están diseñados para afrontar procesos biológicos naturales, no para resistir la administración intencional de sustancias que disminuyen la voluntad, la conciencia o la capacidad de defensa de una persona.

Si bien nuestro Código Penal ya contempla como agravante en los delitos de violación, violación equiparada y abuso sexual el uso de estupefacientes, psicotrópicos o cualquier sustancia que disminuya la capacidad de la víctima, resulta necesario robustecer y precisar el marco normativo vigente, a fin de otorgar mayor claridad jurídica y ampliar su alcance a otras conductas delictivas, particularmente al delito de robo.

Y es que, la sumisión química es un delito silencioso porque bajo sus efectos, la víctima ve disminuida o anulada su capacidad para identificar una situación de peligro, oponerse a la agresión o emitir un consentimiento válido.

Las víctimas, debido a la alteración temporal de su conciencia, pueden presentar amnesia total o parcial de los hechos, desorientación, confusión o vergüenza, lo que retrasa o incluso impide la denuncia.

Este tipo de situaciones se presenta generalmente en las y los jóvenes, sin embargo en fechas recientes se han documentado casos en adultos mayores.

Se propone reformar las fracciones VII, VIII, y X del artículo 168 y se adiciona la fracción X al artículo 204 ambos del Código Penal para el Estado de Michoacán.

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